Un trabajador cobra 1.200 como salario base y tiene derecho a dos pagas extra a cobrar en Junio y Diciembre.
El tipo de retención del IRPF es el 10%.
Calcula su nómina.
SOLUCIÓN:
2)
Un trabajador presenta los siguientes derechos salariales durante el mes de junio:
- Salario base= 1.280 euros.
- Dietas= 150 euros.
- Horas extraordinarias= 70 euros.
- Plus de antigüedad= 140 euros.
- Recibe hamburgusas por valor de 100 euros.
- 4 días de baja abonados por la Seguridad Social= 90 euros.
- Plus de nocturnidad= 60 euros.
- Plus de transporte (por valor del bono bus)= 60 euros.
- Tiene derecho a dos pagas extraordinarias a cobrar en junio y el diciembre por valor de su Salario base y Antigüedad.
- Su tipo de retención del IRPF es del 14%.
Calcule su nómina.
SOLUCIÓN:
3)
A.
Calcula
el total de devengos, el total de deducciones (las Bases de cotización de la
Seguridad Social y de retención del IRPF) y el salario líquido, de un trabajador que trabaja en una fábrica de pizzas y recibe los siguientes conceptos
durante el mes de enero:
-
Salario
Base: 1.300€.
-
Plus
de transporte:
100€.
-
Plus
de quebranto de monedas: 75€.
-
Recibe
pizzas por valor de 140
euros.
-
Ha
realizado durante el mes de enero horas extraordinarias por valor total de 173€.
-
Plus
de locomoción:
110€.
-
Dietas: 29 euros.
-
Tiene
derecho a dos pagas extraordinarias anuales (abonadas en junio y
diciembre) por valor de su Salario Base y Complementos salariales.
-
En
la empresa se abona mensualmente un adelanto del 50% del Salario Base a
mitad de mes (día 15).
- Ha recibido una indemnización por traslado ese mes de 2.000 euros.
- El tipo de IRPF es del 15%.
SOLUCIÓN:
- El tipo de IRPF es del 15%.
SOLUCIÓN:
4)
Mes de febrero.
- Salario Base: 1.800 euros.
- Horas extra: 40 euros.
- Gastos de locomoción: 470 euros.
- Tiene derecho a dos pagas extra por valor de Salario base y plus de antigüedad a cobrar en junio y diciembre.
- Tipo de IRPF es del 17%.
SOLUCIÓN:
5)
Mes de junio.
Salario Base: 1.500 euros.
Abrigos de astracán por valor de 200 euros.
Horas extraordinarias en el mes de junio: 80 euros.
Tenemos derecho a dos pagas extraordinarias de Salario base y Plus de antigüedad a cobrar en junio y diciembre.
Tipo de IRPF 14%.
Hay un error en los resultados, para calcular el IRPF es la suma de percepción salarial y la no salarial entre la retención del IRPF.
ResponderEliminargilipollas
EliminarGilipollas tu
Eliminarno aportas nada útil, si eres listo, contéstale bien. Ahhh no, tus neuronas no dan para tanto
En el caso número 2. Como sacas la BCCP?
ResponderEliminarComo sé que tener en cuenta para calcular la base del IRPF?
ResponderEliminarEn el ejercicio 3, creo que la base de Cotización para contingencias comunes es 1773,33 y no 1713,33. BCCC = Salario Base + Plus de transporte + Salario en especie + Paga extraordinaria prorrateada = 1300 + 100 + 140 + (1300 + 100)*2/12 = 1773,33
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